Category: Constituyente

  • Constituyente: Mejor Cortar que Añadir

    Para un
    economista, la Constitución peca más por acción que por omisión.
    Aunque
    las fiestas navideñas ya pasaron y las listas de pedidos al Niño Dios no han
    vuelto a aparecer en el periódico, la inminente iniciación de la Constituyente
    me ha dejado la inquietud de si mis pedidos se cumplieron. Yo le había
    encargado setenta tijeras para los setenta constituyentes con la convicción de
    que este es el elemento más importante para el cumplimiento de sus tareas. Para
    un economista, la Constitución peca más por acción que por omisión. Como se
    mencionaba en una columna anterior, tal vez lo único que se debe agregar a la
    actual Constitución es independizar la Autoridad Monetaria del Ejecutivo. Esta
    iniciativa ha comenzado a despertar el apoyo que se merece en la opinión. El
    Doctor Fabio Echeverry, ahora que ha comenzado a mirar la economía con un
    enfoque más amplio, acoge este planteamiento en su columna de El Tiempo.
    Entre
    los casos claros en que una tijera bien afilada mejoraría la Constitución se
    puede mencionar el Artículo 31. En el tercer párrafo del Artículo se dice que
    la concesión de privilegios se debe limitar a inventos útiles y a vías de
    comunicación. Dada la dificultad de definir de una manera operacional lo que es
    un invento útil pareciera muy razonable eliminar este calificativo. Pero si uno
    observa que como consecuencia de otros artículos se crean verdaderos
    privilegios para otros afortunados diferentes a los que hacen inventos útiles,
    probablemente uno llegaría a la conclusión de que el especificar en un artículo
    la lista de los posibles agraciados debería desaparecer.
    La
    realidad del proceso político es que los grupos de interés buscan consagrar
    privilegios en la Constitución y las leyes. Basta leer los artículos 39 y 40
    para darse cuenta que las limitaciones del ejercicio profesional no son más que
    una concesión de privilegios para los afortunados que hemos terminado una
    profesión. En mi Constitución ideal, no solo cortaría unos párrafos del
    artículo 31 sino que también eliminaría casi en su totalidad los artículos 39 y
    40. Como muy bien lo sostiene el Profesor Stigler, los grupos de presión con el
    argumento de buscar el bien general utilizan la regulación económica para
    consagrar en la Constitución, en las leyes y en los decretos, privilegios
    muchas veces injustificados. El reversar estos privilegios se torna en tarea de
    titanes que solo ocasionalmente tiene éxito.
    El
    concepto de ligar el monopolio con un arbitrio rentístico que aparece en el
    Artículo, es algo tan anacrónico desde el punto de vista del economista que con
    seguridad no encontraría defensores dentro la profesión. El tratamiento de la regulación
    de la actividad económica y en especial el del Monopolio debería salir de la
    Constitución y desarrollarse más bien por medio de la Ley.
    Como
    nos han enseñado los tratadistas de las Finanzas Públicas la proliferación de
    las rentas de destinación específica es uno de los grandes problemas fiscales.
    El Artículo 42 que se refiere a la educación comete dos pecadillos que sería
    conveniente eliminar. El primero es poner una cifra explícita para el
    porcentaje del presupuesto que se dedique a la educación. El segundo es ligar
    el subsidio a la educación elemental a la asistencia a un establecimiento
    oficial. Una vez entrada en la onda del corte podría aprovecharse la
    oportunidad para suprimir de la Constitución la obligatoriedad de la Educación
    Primaria. Afortunadamente, el país ha avanzado en este campo que hoy en día se
    ha logrado un cubrimiento casi universal que hace superfluo consagrar como
    obligatorio algo que se hace voluntariamente. El consagrar en la Constitución
    rubros presupuestales expresados como un porcentaje dado no es solo mala
    política fiscal sino que además incentiva a otros grupos de presión para que
    busquen plasmar en la Constitución y en las leyes un porcentaje que favorezca
    sus intereses.
    La
    distribución del situado fiscal consagrada en el Artículo 182 debería
    suprimirse. Una fórmula explícita no tiene cabida en la Constitución. Estos
    aspectos detallados deben aparecer más bien en las leyes. El análisis
    económico, realizado como parte de la Misión Finanzas Intergubernamentales, ha
    mostrado que el efecto de la fórmula del Artículo 180 ha sido negativo pues por
    no incentivar el esfuerzo fiscal de los gobiernos locales ha terminado por
    reducir sus cargas tributarias.

    Coincidiendo
    con el representante del movimiento estudiantil suprimiría el Artículo 165 que
    trata del Servicio Militar. Como ya lo he indicado en otras columnas los
    argumentos económicos en contra del Servicio Militar son tan claros que han
    logrado poner de acuerdo a John Kenneth Galbraith y Milton Friedman,
    economistas que, por regla general, asumen posiciones diametralmente opuestas.
  • Constituyente y burocracia

    El
    contacto con la realidad burocrática es que simplemente la administración
    colombiana es mala, en parte, porque no cuenta con sistemas administrativos
    eficaces.
    El contacto de la gente
    con el sector público es a veces muy traumático. Por lo general se siente uno
    impotente ante e incapaz de mover las agencias del Estado. Los reclamos ante el
    ISS por cobros excesivos parecen no solucionarse nunca. Los huecos permanecen
    destapados por períodos largos. El nombre y la dirección en los recibos de los
    teléfonos, continuan saliendo a nombre del antiguo propietario a pesar de haber
    realizado todos los trámites requeridos.
    Dentro de esta serie de
    inconvenientes hay momentos en que uno se reconcilia con la burocracia, al fin
    sale el arreglo en la facturación del ISS sin tener que haber acudido a los
    colegas que están bien colocados. El hueco que se atravesaba todos los días en
    nuestro camino a la oficina, aparece tapado gracias a la campaña de un
    noticiero de la televisión y volvemos a hacer las vueltas en los teléfonos con
    la esperanza que algún día, al fin, el teléfono aparezca a nuestro nombre.
    Cualquier ciudadano
    pensaría que esto se debe a que al fin se nombró a un buen gerente y que ahora
    las cosas si se van a arreglar. Sin embargo, cuando se compara con los logros
    en otros países donde la burocracia realmente funciona, sin tener genios que
    manejen las empresas, la pregunta que surge es qué se requiere para que esto
    suceda. En estos días se podría pensar que lo que nos diferencia de los otros
    países es que donde las cosas funcionan mejor es por que tienen una
    constitución mejor. Y que el camino a una mejor administración pública es la
    constituyente.
    El contacto con la
    realidad burocrática es que simplemente la administración colombiana es mala,
    en parte, porque no cuenta con sistemas administrativos eficaces. Toda la
    administración esta concebida para que sea manejada por genios incorruptibles.
    El Estado interviene en demasiadas cosas, los funcionarios públicos tienen
    poderes discrecionales muy grandes y además no cuentan con los sistemas
    administrativos que los soporten. En otras partes, la administración pública
    está concebida para que la manejen gentes normales con una capacidad normal,
    tienen sistemas establecidos y hacen una efectivo control de gestión. En
    Colombia, por el contrario, los sistemas administrativos de la mayoría de los
    Institutos y Empresas del Estado dejan mucho que desear y por lo tanto los
    buenos resultados dependen de que en un puesto se pueda contar con un genio
    motivado y honesto.
    Infortunadamente,
    cuando aparece este genio y logra mejorar la eficiencia de las empresas,
    comienza a sufrir la persecución de los que se benefician de la marcha del
    Estado.  Los ataques de los políticos y
    de los funcionarios incapaces, hacen que muy pronto el funcionario tenga que
    dedicar más tiempo a defenderse que a realizar su labor. Si esto no fuera suficiente,
    muy pronto se da cuenta que por la errónea creencia que los funcionario
    públicos tienen que ganar sueldos inferiores a los 1000 dólares mensuales, su
    sueldo no le está rindiendo ni para atender sus necesidades básicas.

    El “Nuevo
    Estado” que va a surgir de la constituyente debe basarse en una mejor
    infraestructura administrativa. Debe buscarse la asesoría de personas y
    entidades que permitan diseñar y poner en práctica sistemas mejores y debe
    basarse en remuneraciones adecuadas. Además, es necesario limitar la excesiva
    injerencia de la clase política en la administración de las empresas públicas.